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LEY CHOLITO: Ya puedes inscribir a tu mascota en el registro civil

Comenzó la implementación de la ley 21.020, más conocida como «Ley Cholito», la que obligará a partir desde este 9 de marzo, a que los dueños de perros y gatos inscriban a sus mascotas en el Registro Nacional. 

La plataforma, que comenzó a implementarse gradualmente por regiones desde el pasado 1 de marzo, está disponible en el sitio web registratumascota.cl, donde los dueños deben ingresar los datos de sus mascotas utilizando la clave única para trámites entregada por el Registro Civil.

¿Cómo se hace el registro?

La ley establece que los dueños de perros y gatos deben hacer la inscripción a partir de los dos meses de edad. Para esto,primero se debe implantar a las mascotas un microchip de 15 dígitos, el que se puede colocar de manera privada en veterinarias o a través de los programas públicos de las municipalidades.

Para hacer el registro, se debe comprobar ser el dueño del animal mediante un documento como la boleta de compra, certificado de transferencia, de adopción o de pedigree, o a través de una declaración jurada simple, que se puede descargar en el mismo sitio web, donde se debe individualizar al perro o gato con los siguientes datos:

  • Nombre
  • Especie
  • Sexo
  • Raza
  • Color
  • Fecha de nacimiento (o edad estimada)

Estos datos deben ser validados por un médico veterinario donde aparezca su nombre, cédula de identidad y firma. Este documento puede ser el certificado de implantación del microchip o la ficha del programa de esterilización municipal. También sirve el certificado de la vacuna antirrábica o el carnet sanitario.

El único impedimento es para las personas que hayan sido sancionadas con inhabilidad absoluta y perpetua para la tenencia de animales.

La tenencia responsable de animales de compañía es regulada por la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo (Subdere), organismo que está a cargo de mantener y administrar el registro, mientras que los municipios deberán velar por la información que ingrese a nivel local y determinar las formas en que las personas identifiquen y registren a sus mascotas.

Hay que recordar que el registro de perros y gatos es obligatorio, y que el trámite se puede hacer a través del sitio web o en la municipalidad donde reside el animal. 


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