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Corte de Apelaciones obliga a isapre a no clasificar la transexualidad como una enfermedad

Esto luego de que un joven trans denunciara que le rebajarían su cobertura del plan de salud en un 75%

Un falló histórico se dio a conocer este jueves luego de que la Corte de Apelaciones obligará a una isapre a no clasificar la transexualidad como una enfermedad.

Esto, luego de que un joven trans denunciara que le rebajarían su cobertura del plan de salud en un 75%. Se trata de Benjamín de 24 años, a quien se le pidió en la aseguradora que declarara su identidad de género como una patología.

“En su defensa ante el tribunal Colmena insistió en que la transexualidad era una enfermedad. Más aún, reconoció que en todos los casos de transexualidad había restringido la cobertura al 25% del total y que nadie antes había reclamado. Con ello quedó más que evidente la política discriminatoria de la Isapre era habitual”, afirmó la abogada del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), Mónica Arias.

Ante esto, la sentencia del tribunal según indica el fallo, es acoger el recurso interpuesto por Benjamín.

El “tratamiento distinto recibido por el recurrente por parte de la Isapre, por su condición de hombre transgénero, determina que se haya vulnerado a éste su garantía de igualdad ante la ley, establecida en el artículo 19 No 2 de la Constitución Política de la República, garantía que deriva de la igual dignidad de que nos encontramos revestidas todas las personas y que constituye el fundamento de todos los derechos humanos o derechos fundamentales de la persona”, concluye el documento.


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