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Defensora Regional Metropolitana Sur sobre detenciones tras fiscalizaciones: La mayoría eran personas que si no salían a trabajar, no podían alimentar a su familia

Según Loreto Flores, Defensora Regional Metropolitana Sur, ellos "recibían la misma sanción que quienes estaban en una fiesta clandestina"

Loreto Flores, Defensora Regional Metropolitana Sur, fue entrevistada por el programa “Palabra Que Es Noticia” de nuestros vecinos de Radio Futuro donde conversó respecto a las personas detenidas durante las fiscalizaciones.

Más exactamente, se refirió a la medida para ver quiénes cumplían con las medidas de confinamiento durante la pandemia, donde quienes eran detenidos eran acusados de cometer un delito.

Todo esto cambia respecto a un nuevo instructivo que modifica el actuar de los funcionarios, en donde dicha transgresión a la normativa ahora será catalogada como una falta.

Según dijo la Defensora Regional Metropolitana Sur, “el artículo 318 del código penal, que establece las faltas de quienes pongan en peligro la seguridad pública. Ha habido 3 fallos de la Suprema que cambiaron el criterio de persecución penal y la forma en la que se iba a castigar este delito. Este artículo establece un delito de peligro abstracto. Es decir, que no es necesario que se concrete determinada situación. Como conducir en estado de ebriedad, que no es necesario provocar un accidente de tránsito para establecer que se está generando un riesgo”.

“Lo que la Corte Suprema señala en 3 fallos, unificando criterios, es que si bien seguimos estableciendo un delito abstracto, requiere un comportamiento caso a caso que sea apto para dañar la fe pública. El solo hecho de caminar por la vía púbica en toque de queda no es apto, por lo que no se le debe detener y solo debe ser notificado a la seremi de salud para iniciar un sumario sanitario. En cambio, si estas en una fiesta clandestina, ese hecho si podría ser apto para poner en riesgo la salud pública, y ese si es motivo de detención”, añadió Loreto Flores.

“Como Defensoría Penal, vimos que la gran mayoría de las detenciones eran a personas que estaban en una condición social muy vulnerable, que si no salían a trabajar no tenían para alimentar a su familia. Ellos recibían la misma sanción que quienes estaban en una fiesta clandestina. Esto tiene sanciones muy altas, de carácter monetario. A veces es mejor una infracción penal que la sanción sanitaria”, expresa.

“Existe una tensión permanente respecto a la inseguridad ciudadana y las cifras reales. No hay aumento de delitos en pandemia. Hubo aumento de delitos más graves, pero no ha existido un número de delitos mayor durante este periodo. Al contrario, han disminuido los portonazos, pero han aumentado los homicidios, pero siempre en un porcentaje bajo respecto donde se ubica Chile en Latinoamérica», sigue la Defensora.

«Existe la sensación de que las personas no enfrentan un proceso penal y salen al día siguiente, la denominada puerta giratoria. La comunidad cree en el sistema de justicia, y por eso es tan fuerte la idea de detener a una persona. Entonces la Defensoría Penal, lo que garantiza, es el debido proceso, es decir, que cualquier persona va a tener una defensa de alta calidad”, finalizó flores.


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