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Feriados Chile 2022: ¿Cuántos días libres quedan este año?

Después del fin de semana largo de Fiestas Patrias, algo que muchos quieren saber es cuáles son los días libres que quedan del año

Ahora que ya terminaron las celebraciones de Fiestas Patrias, los chilenos y chilenas se preguntan cuántos feriados quedan en Chile para lo que queda del año 2022.

Y es que no hay de qué preocuparse, ya que aún quedan 6 días libres para disfrutar.

Los feriados que quedan del 2022

Sin más preámbulo, a continuación te dejamos el resto de los feriados que quedan este año 2022 en Chile:

  • Lunes 10 de octubre: Encuentro de Dos Mundos.
  • Lunes 31 de octubre: Día de las Iglesias Evangélicas y Protestantes.
  • Martes 01 de noviembre: Día de Todos los Santos.
  • Jueves 08 de diciembre: Inmaculada Concepción.
  • Domingo 25 de diciembre: Navidad, único feriado irrenunciable que queda en lo que resta del año.
  • 31 de diciembre: Fin de Año. Es Feriado Bancario y este día será feriado para todos los trabajadores de instituciones bancarias de nuestro país.

¿Qué son los feriados irrenunciables?

Un feriado irrenunciable, significa que, ante una fecha importante para nuestro país, un trabajador del comercio no puede despeñarse por ningún motivo, ni aunque existan acuerdos con el empleador.

Sin embargo, hay excepciones. De acuerdo a la información entregada por la Dirección del Trabajo, las personas que ejercen en el comercio de los siguientes puntos, pueden trabajar en un feriado irrenunciable:

  • Clubes
  • Restaurantes
  • Establecimientos de entretenimiento, tales como: cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs y cabarets.
  • Locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos.
  • Casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados.
  • Establecimiento de venta de combustibles.
  • Farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.
  • Tiendas de conveniencia asociadas a establecimientos de venta de combustibles.

Asimismo, según la Dirección del Trabajo «en el caso de no cumplir con un feriado irrenunciable se sancionará con multas que van desde los 5 UTM ($270.855 al mes de diciembre de 2021) hasta 60 UTM (3.250.260 al mes de diciembre de 2021) por cada trabajador afectado por la infracción, considerando en número total de trabajadores de la empresa».

Además, desde la organización afirman que «los empleadores suspendidos en infracción deberán cesar las labores de los trabajadores de inmediato, y abandonar su lugar de trabajo, sin perjuicio de cursárseles la multa respectiva».


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