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Votos Nulos
Agencia UNO

Resultados Elecciones 2023 Chile Consejo Constitucional: ¿Cuántos votos nulos hubo según el Servel?

¡Ojito! Ten en cuenta que en estas votaciones el voto fue obligatorio y que las personas que no asistieron tuvieron que excusarse

Este domingo 7 de mayo las personas de Chile tuvieron que votar por los integrantes del Consejo Constitucional.

Estas elecciones 2023 se realizaron a lo largo de todo el país, y para algunos en el extranjero, dejando impactantes resultados, en especial en lo que respecta los votos nulos.

¿Cuántas personas votaron y cómo fue el sufragio?

De acuerdo a la información del Servel, en las elecciones 2023 hubo 9.742.204 de votos (78,47%) válidamente emitidos. Mientras que los nulos llegaron a ser 2.108.028 (16,98%), una cifra bastante alta.

Asimismo, en blanco hubo 565.497 (4,55%), dando así como resultado final un total de 12.415.729 de votos (100,00%).

¿Cómo votar nulo?

A raíz de este proceso es que muchos chilenos y chilenas se preguntaron cómo se puede votar nulo en las elecciones.

Esto sale estipulado en el artículo 77 de la Ley sobre Votaciones Populares y Escrutinios, que señala que «serán nulas y no se escrutarán las cédulas en que aparezca marcada más de una preferencia, contengan o no en forma adicional leyendas, otras marcas o señas gráficas«.

Es decir, que para votar nulo tienes que votar por más de una de las opciones, independientemente de si haces dibujos alrededor.

Asimismo, es importante destacar que «la mesa dejará constancia al dorso de ellas del hecho de su anulación y de la circunstancia de haberse reclamado por vocales o apoderados de esta decisión».

¿Cuál es la diferencia con el voto blanco?

A diferencia del voto nulo, en el blanco (que también sale en la misma ley señalada antes) no debes señalar ninguna de las preferencias. Esto sin importar si haces rayados en el papel.

«Se escrutarán como votos en blanco las cédulas que aparecieren sin la señal que indique una preferencia por candidato u opción del elector, contengan o no en forma adicional leyendas, otras marcas o señas gráficas«, señala la norma.

Asimismo, vale la pena aclarar que ninguno de los dos tipos de votos tiene influencia en los cargos que se están eligiendo. Es decir que NO se puede anular la elección ni aunque la mayor parte de los sufragios sean de estos.


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