1 de mayo: ¿Es feriado irrenunciable?
Este 1 de mayo se conmemora el Día del Trabajador a nivel nacional e internacional, un feriado que muchos se preguntan si es irrenunciable.
Este 1 de mayo es el Día del Trabajador a nivel nacional e internacional. Una instancia que llega en conmemoración del movimiento obrero mundial y que habitualmente se aprovecha por múltiples personas para actos de reivindicación laboral a favor de las clases trabajadoras.
Sin embargo todavía algunos se preguntan si ¿es feriado irrenunciable o no?
La respuesta es sí, y es que según lo dispuesto en el artículo 2 de la ley 19.973, modificada por las leyes 20.215, 20.629 y 20.918, en Chile son feriados irrenunciables los días 1 de mayo, 18 y 19 de septiembre, 25 de diciembre y 1 de enero de cada año.
De manera que este día, son muchos los trabajadores que no deben ejercer sus labores. A excepción de algunos locales de comida, clubes, tiendas de conveniencia, u otros, que sean atendidos por sus dueños.
¿Quiénes deben trabajar?
De acuerdo con la Dirección del Trabajo, estas son las únicas excepciones donde alguien puede trabajar durante un feriado irrenunciable:
- Clubes.
- Restaurantes.
- Establecimientos de entretenimiento así como: cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs y cabarets.
- Locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos.
- Casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados.
- Establecimiento de venta de combustibles («bencineras» o «bombas de bencina»)
- Farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.
- Tiendas de conveniencia asociada a establecimientos de venta de combustibles. Es decir, locales que se encuentren dentro de la bencinera y que comercialicen alimentos elaborados dentro del mismo.
Vale decir que según la misma ley 19.973, aquellas personas excluidas del descanso durante feriados irrenunciables tienen derecho a estos descansos una vez cada dos años respecto de un mismo empleador (un año por medio).
Asimismo, dentro de poco tenemos dos feriados legales por votaciones. Estos corresponden al domingo 9 de junio, donde se realizarán las Elecciones Primarias a Alcaldes y Gobernadores, y el domingo 27 de octubre, donde son las Elecciones Municipales de Consejeros Regionales y Gobernadores Regionales.
Melanie Cordero Orellana
Periodista de espectáculos, música, K-pop y series...