¡Es hoy, es hoy! Desde este martes comenzó a regir la ley 21.224, la cual permite que los padres definan el orden de los apellidos de sus hijos, la cual también cuenta con un procedimiento para que los adultos puedan hacerlo por sí mismos.
En ese contexto, las personas pueden hacer este trámite con una solicitud agendada en el Registro Civil que, según el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Hernán Larraín, es un proceso muy simple.
Ya puedes hacer el trámite
Con respecto a esta nueva ley que entró en vigencia, una persona que es mayor de edad puede solicitar el cambio de orden en sus apellidos, en tanto, en el caso de recién nacidos serán los padres quienes decidan el que va primero.
En ese sentido, en una conversación con un medio nacional el ministro Hernán Larraín se refirió a un posible desacuerdo que puede existir entre los padres para decidir el orden de los apellidos.
“Si los padres, que tienen que llenar un formulario, no llegan a acuerdo en cuál es el orden de los apellidos, el oficial del Registro Civil tirará una moneda al aire y será el orden el que determine el azar, o el del padre o el de la madre (primero)”, señaló la autoridad.
¿Qué pasa con los mayores de edad?
Asimismo, Larraín también habló sobre las condiciones de las personas mayores de 18 años y señaló que si bien antes existía la posibilidad de cambiar los apellidos, el trámite era muy complicado.
“Ahora no, se ha convertido en un derecho porque se presupone que hombres y mujeres, papás y mamás, son iguales, por tanto, no hay ninguna razón para que haya una forma única de inscribir el orden de los apellidos», indicó el ministro de Justicia y Derechos Humanos.
Por tanto, un adulto mayor de estas puede realizar el proceso con una solicitud agendada en el Registro Civil.
📌Subsecretaria @LoreRecabarrenS destacó en la entrada en vigencia de la Ley de #CambioOrdenDeApellidos que es una iniciativa «transversalmente apoyada, un anhelo de la ciudadanía y con ella se avanza en el respeto de la autonomía personal y la igualdad de género». pic.twitter.com/ntMb7eebbw
— Subsecretaría de Derechos Humanos (@SubseDDHH) January 11, 2022
¿Quiénes no pueden realizar el cambio?
Según lo detallado por Hernán Larraín, «todas las personas que están en este minuto procesadas o condenadas por delitos que tengan pena aflictiva no lo van a poder hacer. Eso queda paralizado y podrán reclamar ante los tribunales, pero no lo pueden hacer ante el Registro Civil”.
Además, el ministro expresó que las personas que cometieron un abuso sexual en contra menores de 18 años, y fueron condenadas por ello “nunca van a poder cambiar el orden de sus apellidos”.