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Agencia Uno

Plebiscito de Salida: ¿Cuál es la multa si no voy a votar?

Quienes no cumplan con el deber cívico se arriesgan a ser denunciados ante el Juzgado de Policía Local y pagar la multa correspondiente.

Cada vez quedan menos días para el Plebiscito de Salida, donde los y las electoras chilenas deberán decidir si “Aprueban” o “Rechazan” la Propuesta de Nueva Constitución elaborada por la Convención Constituyente.

Es en el marco de la reforma constitucional que dio vida al proceso constituyente que se estableció en el artículo 142 de la Ley 21.200 que «el sufragio en este plebiscito será obligatorio para quienes tengan domicilio electoral en Chile».

Por lo tanto, a pesar de que el voto suele ser voluntario, en esta ocasión todos los chilenos habilitados para sufragar en el territorio nacional deberán cumplir con su derecho y deber cívico.

¿De cuánto es la multa por no votar?

En caso de no participar de las votaciones, las personas se arriesgan a que el juzgado de policía local los sancione con una multa que puede alcanzar hasta las 3 UTM o $180.000 aproximadamente.

A diferencia de los vocales de mesa, de acuerdo con el Servicio Electoral no es posible realizar ninguna excusa ante el organismo autónomo. Ya sea en sus oficinas centrales, Direcciones Regionales o en la red de Consulados de Chile en el exterior.

De manera que el elector que no acudió a sufragar será citado por el juez de Policía Local de la comuna donde está inscrito su domicilio electoral. Única instancia donde podrá presentar la documentación que justifique las razones por las cuales no votó.

En estos casos, la ley establece que no recibirán sanciones los ciudadanos que no hayan cumplido con su deber por las siguientes razones:

-Enfermedad
-Ausencia del país.
-Encontrarse el día del Plebiscito en un lugar situado a más de doscientos kilómetros de aquél en que se encuentra registrado su domicilio electoral. (En este caso debe justificarse ante del Juez de Policía local presentando un comprobante de la constancia ante Carabineros realizada el día del Plebiscito).
-Otro impedimento grave, debidamente comprobado ante el juez competente.

Durante la jornada del próximo 4 de septiembre, las personas podrán asistir a sus locales de votación desde las 08:00 hasta las 18:00 horas. Hora en la que se cierran las mesas, siempre que no haya electores o electoras esperando para sufragar.


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