Conoce los feriados que habrá en 2024: ¿Cuándo serán las Elecciones Municipales?
Estamos a sólo horas de darle la bienvenida al 2024, y acá te contamos cómo se viene el panorama en cuanto a los próximos feriados.
Hoy despedimos al 2023 y le damos la bienvenida a un 2024 que viene recargado de sorpresas, incluido un feriado XL para las Fiestas Patrias.
De acuerdo con la información compartida por Gobierno de Chile, el próximo año trae 19 feriados, los cuales nos otorgarán varios días de descanso a mitad de semana, y otros que nos harán cumplir con nuestro deber cívico en votaciones.
De todas formas, es un hecho que contaremos con la oportunidad de armar un panorama distinto gracias al fin de semana largo que se viene en septiembre.
Feriados del 2024
Enero
Lunes 1 de enero: Año Nuevo, feriado irrenunciable
Marzo
Viernes 29 de marzo: Viernes Santo
Sábado 30 de marzo: Sábado Santo
Mayo
Miércoles 1 de mayo: Día del Trabajador, feriado irrenunciable
Martes 21 de mayo: Día de las Glorias Navales
Junio
Domingo 9 de junio: Elecciones Primarias Alcaldes y Gobernadores, feriado legal por votaciones
Jueves 20 de junio: Día Nacional de los Pueblos Indígenas
Sábado 29 de junio: San Pedro y San Pablo
Julio
Martes 16 de julio: Día de la Virgen del Carmen
Agosto
Jueves 15 de agosto: Asunción de la Virgen
Septiembre
Miércoles 18 de septiembre: Independencia Nacional, feriado irrenunciable
Jueves 19 de septiembre: Día de las Glorias del Ejército, feriado irrenunciable
Viernes 20 de septiembre: Feriado añadido de Fiestas Patrias
Octubre
Sábado 12 de octubre: Encuentro de Dos Mundos
Domingo 27 de octubre: Elecciones Municipales, Consejeros Regionales y Gobernadores Regionales, feriado legal por votaciones
Jueves 31 de octubre: Día de las Iglesias Evangélicas y Protestantes
Noviembre
Viernes 1 de noviembre: Día de Todos los Santos
Diciembre
Domingo 8 de diciembre: Inmaculada Concepción
Miércoles 25 de diciembre: Navidad, feriado irrenunciable
¿Qué significan los feriados irrenunciables?
De acuerdo con el Código del Trabajo, estos significa que los trabajadores quedan libres a desarrollar sus actividades laborales.
«Los días 1 de mayo, 18 y 19 de septiembre, 25 de diciembre y 1 de enero de cada año, serán feriados obligatorios e irrenunciables para todos los dependientes del comercio, con excepción de aquellos que se desempeñen en clubes, restaurantes, establecimientos de entretenimiento», establece el Art.2° de la Ley N.°19.973.
Así que con esta información ya puedes empezar a organizar tu 2024.
Melanie Cordero Orellana
Periodista de espectáculos, música, K-pop y series...