
El Estado, entrega diferentes beneficios monetarios a la población chilena más vulnerable. Entre ellos se encuentra el Bono Dueña de Casa, también conocido como el Bono Protección.
Dicha bonificación en comparación a otras ayudas estatales, no es postulable, ya que se entrega a las mujeres miembro del programa Chile Seguridades y Oportunidades, del Ministerio de Desarrollo Social.
¿Quiénes pueden recibir el Bono de Dueña de Casa?
Por lo que este beneficio, lo reciben las usuarias del Subsistema de Protección Social Seguridades y Oportunidades, quienes primero deben estar inscritas en el Registro Social de Hogares.
Dentro de esto, deberán aceptar la invitación a formar parte de uno de los programas del Subsistema (Familias, Abriendo Caminos, Calle o Vínculos), y luego firmar la carta de compromiso y del plan de intervención.
Una vez realizadas estas acciones, podrán recibir el pago del Bono de Protección, en una fecha cercana a las primeras sesiones del apoyo psicosocial (APS).
¿Cuál es el valor del Bono de Dueña de Casa?
De acuerdo a ChileAtiende, el monto del aporte va variando en el tiempo, según los siguientes tramos:
- Los primeros 6 meses del bono: el monto llega a $21.823.
- Desde el mes 7 al mes 12: el monto llega a $16.608.
- Desde el mes 13 al mes 18: el monto llega a $11.419.
- Desde el mes 19 al mes 24: el monto llega a $16.828. (valor corresponde a monto SUF)
¿Cómo es la forma de pago?
El Bono de Protección se pagará por medio de la CuentaRut del BancoEstado a nombre de la persona designada como cobradora asignada.
Si no tiene CuentaRut no hay problema, ya que el Ministerio de Desarrollo Social y Familia solicitará la apertura de dicha cuenta al BancoEstado, sin trámite ni costos para las usuarias.
Para poder cobrar el bono, deberán acercarse a la sucursal del banco más cercana a su domicilio, a retirar la tarjeta física, ya que la cuenta estará activa y así se podrá hacer efectivo el cobro.
¿Por cuánto tiempo se paga el Bono Dueña de Casa?
Según, ChileAtiende esta ayuda social es durante un periodo de 24 meses, mientras se es parte del proceso de acompañamiento de los programas del Subsistema de Protección Social Seguridades y Oportunidades.
Sin embargo, se puede perder la bonificación, por renuncia voluntaria o por no cumplir con los deberes establecidos al momento de firmar la participación en el Subsistema.
¿Cuáles es el orden de prioridades para pagar el bono?
Esta bonificación, se paga en el siguiente orden de prioridades, a quienes cumplan con los requisitos:
- Prioridad 1: Madre de personas menores de 18 años o con certificación de invalidez o con discapacidad mental o de personas que puedan ser causantes del Subsidio Familiar (SUF).
- Prioridad 2: Mujer mayor de 18 años de edad que sea jefa de hogar o pareja del jefe de hogar.
- Prioridad 3: Mujer mayor de 18 años que desempeñe la función de dueña de casa.
- Prioridad 4: Si no hay mujeres en el hogar que cumplan con las prioridades 1, 2 o 3, se pagará el bono al hombre mayor de 18 años que sea jefe de hogar.
- Prioridad 5: Si no se cumplen las condiciones anteriores, recibirá el bono cualquier mujer mayor de 18 años de edad. Si no puede o no existe una mujer mayor de edad, se pagará a cualquier hombre mayor de 18 años.