Mañana, miércoles 23 de septiembre, comenzará en el Congreso la tramitación para el segundo retiro de fondos de pensiones. En palabras más simples, un nuevo retiro del 10% de las AFP con el fin de aliviar los gastos por la pandemia del coronavirus.
Respecto a esto hay dos proyectos. Uno presentado por Pamela Jiles y otro por Karim Bianchi, ambos con sutiles diferencias, pero con similitudes como el embargo del 10% para los deudores de pensiones alimenticias.
Según 24 Horas y Pudahuel, estos son los detalles de ambos proyectos de AFP:
EL PROYECTO DE PAMELA JILES
- Retirar un monto máximo de retiro el equivalente a 150 Unidades de Fomento y un mínimo de 35 Unidades de Fomento
- En el evento de que el 10% de los fondos acumulados sea inferior a 35 Unidades de Fomento, el afiliado podrá retirar hasta dicho monto.
- En el caso de que los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual sean inferiores a 35 Unidades de Fomento, el afiliado podrá retirar la totalidad de los fondos acumulados en dicha cuenta
- Pagar este dinero en una sola cuota
- Posibilidad de embargar 10% de deudores de alimentos sin previa solicitud de retiro
- No serán objeto de retención, descuento, compensación legal o contractual, embargo o cualquier forma de afectación judicial o administrativa
- Se podría pedir mediante plataforma con soporte digital, telefónico y presencial que al efecto dispongan las administradoras de fondos de pensiones, asegurando un proceso eficiente y sin demoras.
PROYECTO DE KARIM BIANCHI
- El mecanismo propuesto es similar a lo prescrito en la norma constitucional que permitió el retiro excepcional de fondos que tuvo por objeto mitigar los efectos sanitarios de la pandemia, debido a que, en líneas generales, operó de manera satisfactoria
- Posibilidad de reintegro de este segundo retiro para poder volver a sacarlo cuando se estime conveniente y las veces que lo estimen necesario
- Libre de impuestos y comisiones
- Posibilidad de embargar 10% de deudores de alimentos sin previa solicitud de retiro
- Se conservan los principios de universalidad, considerando a los pensionados por vejez, invalidez y sobrevivencia