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¿Cuánto es y quiénes pueden? Acá te hablamos sobre el segundo retiro de las AFP

Este miércoles se debatirán ambos proyectos presentados

Mañana, miércoles 23 de septiembre, comenzará en el Congreso la tramitación para el segundo retiro de fondos de pensiones. En palabras más simples, un nuevo retiro del 10% de las AFP con el fin de aliviar los gastos por la pandemia del coronavirus.

Respecto a esto hay dos proyectos. Uno presentado por Pamela Jiles y otro por Karim Bianchi, ambos con sutiles diferencias, pero con similitudes como el embargo del 10% para los deudores de pensiones alimenticias.

Según 24 Horas y Pudahuel, estos son los detalles de ambos proyectos de AFP:

EL PROYECTO DE PAMELA JILES
  • Retirar un monto máximo de retiro el equivalente a 150 Unidades de Fomento y un mínimo de 35 Unidades de Fomento
  • En el evento de que el 10% de los fondos acumulados sea inferior a 35 Unidades de Fomento, el afiliado podrá retirar hasta dicho monto.
  • En el caso de que los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual sean inferiores a 35 Unidades de Fomento, el afiliado podrá retirar la totalidad de los fondos acumulados en dicha cuenta
  • Pagar este dinero en una sola cuota
  • Posibilidad de embargar 10% de deudores de alimentos sin previa solicitud de retiro
  • No serán objeto de retención, descuento, compensación legal o contractual, embargo o cualquier forma de afectación judicial o administrativa
  • Se podría pedir mediante plataforma con soporte digital, telefónico y presencial que al efecto dispongan las administradoras de fondos de pensiones, asegurando un proceso eficiente y sin demoras.
PROYECTO DE KARIM BIANCHI
  • El mecanismo propuesto es similar a lo prescrito en la norma constitucional que permitió el retiro excepcional de fondos que tuvo por objeto mitigar los efectos sanitarios de la pandemia, debido a que, en líneas generales, operó de manera satisfactoria
  • Posibilidad de reintegro de este segundo retiro para poder volver a sacarlo cuando se estime conveniente y las veces que lo estimen necesario
  • Libre de impuestos y comisiones
  • Posibilidad de embargar 10% de deudores de alimentos sin previa solicitud de retiro
  • Se conservan los principios de universalidad, considerando a los pensionados por vejez, invalidez y sobrevivencia


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