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Comisión de Transportes del Senado aprobó la “Ley Uber”

La empresa tiene la obligación de entregar al usuario la identificación del conductor y contar con seguros de responsabilidad civil para los usuarios

Este jueves, la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones del Senado aprobó la “Ley Uber”, el proyecto que regula las aplicaciones digitales de transporte de pasajeros, estableciendo que deberán constituirse como “empresas de transporte remunerado” de pasajeros en Chile.

Esto implica que las sociedades deben inscribirse en un registro de empresas de aplicaciones de transportes, la cual será una consulta pública de “aplicaciones del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones”.

Los conductores deben estar inscritos en este mismo, por lo que tendrán un plazo de 3 meses, desde la entrada en vigencia de la Ley y además deben contar con licencia profesional.

En caso de que el piloto no esté inscrito en una aplicación autorizada,  se les puede suspender su licencia por 6 meses.

La normativa establece también que la empresa tiene la obligación de entregar al usuario la identificación del conductor y del vehículo, y contar con seguros de responsabilidad civil para los usuarios y una plataforma para que los pasajeros tengan un espacio para consultas, reclamos o denuncias.

El proyecto prohíbe la modalidad POOL, es decir “auto compartido”, por lo que sólo se pueden registrar vehículos cuyos propietarios sean inscritos sean como personas particulares.

En cuanto a los vehículos, se fijarán por reglamento las exigencias de seguridad, técnica y tecnológica, las que no podrán ser inferiores a las que rigen para los taxis básicos.También deben contar con un distintivo de identificación, el cual se explicarán sus detalles en la norma.

Las multas para las aplicaciones que no cumplan con alguno de estos preceptos, varían desde las 10 a 100 UTM y en el caso de repetir la conducta, desde 20 a 200 UTM. 

En el caso de los conductores, van entre las 3 y 10 UTM y, en caso de repetir la conducta, entre 6 y 20 UTM.

La Subsecretaría de Transportes podrá revocar la autorización de las empresas (cuando considere que es necesario) en caso de acumulación de infracciones.


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